07 de abril de 2022

El contrato de perforación petrolera y su importancia en las actividades de exploración y explotación

Simón Herrera Celis

Abogado egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. Consultor en materia de energía

Introducción

El contrato de perforación es el contrato de mayor importancia dentro de las actividades de exploración y explotación de la industria petrolera, tomando en cuenta que en la medida que ocurre un aumento o disminución del número de taladros en funcionamiento, como consecuencia directa, también aumenta o disminuye la producción de petróleo.

En Venezuela las actividades de exploración y producción son calificadas como “primarias” de conformidad con la Ley Orgánica de Hidrocarburos, y las realizan las empresas operadoras o el Ejecutivo Nacional directamente. Actividades primarias son actividades aguas arriba en la industria.

Las actividades de exploración comprenden estudios geológicos y geofísicos, incluyendo estudios de sísmica, con el objeto de determinar la ubicación de un yacimiento o reservorio. Si se encuentran indicios de la existencia de hidrocarburos, se procede a perforar uno o más pozos exploratorios, lo cual suele estar sujeto a un programa mínimo exploratorio. A continuación, ya confirmada la presencia de hidrocarburos a través de la perforación de los pozos exploratorios, se perforan pozos de evaluación, con la finalidad de definir las dimensiones del yacimiento o reservorio, estimar el volumen y las características de los hidrocarburos, además de la presencia de otras sustancias.

Por su parte, las actividades de explotación incluyen un plan de perforación de pozos de producción dentro del programa de desarrollo del campo o área. Este programa de desarrollo de la empresa operadora debe incluir servicios técnicos para los procesos de compras y contratación de materiales de larga entrega, equipos de perforación, servicios asociados y base logística. En una operación costa afuera las complejidades del proyecto serán mayores con los requerimientos de buques, remolcadores, helicópteros, puertos, entre otros.

Por supuesto, estas nociones básicas son válidas en las actividades de exploración y explotación tanto de petróleo como de gas natural.

Los taladros de perforación son equipos de una amplia gama y sofisticación para operaciones en tierra firme, así como costa afuera, con equipos semi-sumergibles, buques de perforación, jack-ups, entre otros. No olvidemos que la industria de los hidrocarburos está en permanente evolución en materia de tecnología con grandes inversiones en investigación y desarrollo.

Así las cosas, en el presente ensayo pretendemos abordar de manera sucinta algunos de los principales aspectos que deben tomarse en cuenta desde el punto de vista legal en un contrato de perforación.

 

Contratación de servicios por parte de las empresas operadoras

Para llevar adelante las actividades de exploración y explotación las empresas operadoras petroleras requieren contratar empresas de perforación y otras empresas de servicios para los pozos, entre otras contrataciones. Los contratos de perforación comprenden servicios especializados que escapan de las competencias centrales de las empresas operadoras petroleras, aunque muchas de ellas tienen empresas filiales o subsidiarias que los realizan. Recordemos que una empresa operadora aguas arriba en la industria petrolera venezolana es una empresa del Estado (las filiales de Petróleos de Venezuela, S.A.) o una empresa mixta, según lo previsto en la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Estas empresas operadoras están facultadas para contratar servicios específicos conforme lo establece la misma Ley, cuando establece que podrán realizar las gestiones necesarias para el ejercicio de las actividades que se les hayan transferido y celebrar los contratos correspondientes.  Por otro lado, es preciso mencionar que a través de la vigente Ley Orgánica que Reserva al Estado Bienes y Servicios Conexos a las Actividades Primarias de Hidrocarburos, el Ejecutivo Nacional procedió con la expropiación de un número importante de empresas de servicios petroleros en relación con ciertos bienes y servicios. A pesar de que dicha Ley no reservó al Estado los servicios de perforación, en la misma época de su promulgación (2009-2010), se produjeron expropiaciones e incautaciones de taladros, recordándose los casos de las empresas Helmerich & Payne (HP) y Ensco Drilling Caribbean, lo cual trajo como resultado un mayor grado de incertidumbre en la ejecución de los proyectos de hidrocarburos, aumento en los precios de los bienes y servicios, así como costosos litigios internacionales para el Estado venezolano. A nivel global existen diversas asociaciones gremiales dedicadas al seguimiento del área de negocios de perforación en la industria de los hidrocarburos. Algunas de las más importantes compañías de perforación pertenecen a la “International Association of Drilling Contractors” (IADC), fundada en 1940 y con sede en Houston. Esta asociación tiene por objeto principal unificar métodos, mejores prácticas y procedimientos con la fijación de estándares internacionales en las actividades de perforación, así como redactar modelos de contratos. La “Association of International Petroleum Negotiators” (AIPN), fundada en 1982 y con sede en Houston, es otra destacada asociación en el negocio de los hidrocarburos. En septiembre de 2022 está previsto que su nombre sea oficialmente cambiado a “Association of International Energy Negotiatiors” (AIEN) siguiendo las tendencias actuales del mundo de la energía. La AIPN produjo en 2020 el contrato modelo internacional de perforación en alta mar. 

 

Conceptos generales sobre el contrato de perforación y sobre los pozos petroleros

En el contrato de perforación la empresa operadora contrata los servicios de perforación a una empresa contratista para que se encargue con su equipo de taladro y su propio personal de la perforación de los pozos en la ubicación designada por la empresa operadora, en base a la información topográfica, geológica y geofísica que tiene esta última. Como condición previa a la entrada en vigencia del contrato, la empresa operadora debe realizar una inspección técnica al taladro propiedad de la empresa contratista. Posteriormente, debe también realizar una prueba de aceptación sobre el mismo equipo.

La empresa operadora es la responsable de la dirección, supervisión y control de las operaciones, y la contratista de perforación está en la obligación de seguir las instrucciones y especificaciones de la empresa operadora como dueña de la obra. Por su parte, la contratista debe obtener las autorizaciones gubernamentales necesarias antes del inicio de las operaciones. El interés de la empresa operadora es culminar su plan de perforación lo más pronto que sea posible, en adecuación a las previsiones presupuestarias y con el objetivo de reducir sus costos.

Un pozo petrolero es una obra de construcción compuesta de cemento, válvulas, tuberías y otros materiales que responden al diseño preparado por la empresa operadora. Por tanto, un pozo es por definición un bien inmueble por su naturaleza por incorporación a un terreno (superficie y subsuelo), de conformidad con las previsiones del Código Civil venezolano. De esta manera, la empresa operadora es la propietaria del pozo construido por la empresa de perforación en su nombre. Es común confundir un yacimiento o reservorio con un pozo petrolero, sin embargo, se trata de cuestiones distintas. En su acepción técnica, el yacimiento o reservorio es un depósito de hidrocarburos, que puede contener otras sustancias y minerales. El pozo es una obra artificial hecha por el hombre, mientras que el yacimiento o reservorio es una estructura natural.

La perforación de un pozo requiere además la ejecución de otras actividades complementarias como la cementación y el revestimiento, y su posterior acondicionamiento y completación, las cuales pudieren estar a cargo de la empresa de perforación o de otras empresas especializadas contratadas por regla general por la empresa operadora.

 

Naturaleza jurídica del contrato de perforación y la asignación de riesgos

El contrato de perforación debe considerarse un contrato de obras de carácter oneroso, bilateral y consensual, y como tal regulado por las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio de Venezuela, en todos aquellas asuntos no expresamente pactados por las partes, además de la normativa de orden público. Conforme al Código Civil, en el contrato de obras el contratante encarga al contratista para que realice un trabajo determinado, por sí o bajo su dirección, con el pago de un precio. Ahora bien, el Código Civil no contiene disposiciones particulares sobre los contratos de construcción o perforación, considerando también que un contrato de perforación es un contrato complejo que tiene un componente de prestación de servicios de perforación, un componente de construcción de pozos y un componente de arrendamiento del taladro y equipos auxiliares. Destaquemos aquí que la empresa operadora petrolera en Venezuela no puede celebrar contratos en los que transfiera su función de operadora; sin embargo, está autorizada por la legislación de hidrocarburos líquidos a celebrar contratos de servicios para la adecuada ejecución de las actividades primarias con empresas de servicios petroleros como las de perforación. 

De conformidad con la Ley de Derecho Internacional Privado venezolana es posible que las partes en un contrato mercantil o civil elijan las normas de Derecho aplicables al contrato, con la salvedad de las disposiciones de orden público. Por lo demás, dicha Ley ordena aplicar las normas, principios, costumbres, usos y prácticas del comercio internacional, con la finalidad de cumplir las exigencias impuestas por la justicia y la equidad en la solución del caso concreto. En los casos en que en el contrato sea parte una empresa o entidad del Estado venezolano deben considerarse asimismo las disposiciones de la Ley de Contrataciones Públicas y su Reglamento.

Los riesgos deben ser expresamente asignados en los contratos de perforación a cada parte. Es frecuentemente pactado que ninguna de ellas será responsable por ningún daño punitivo, consecuencial o indirecto, ni por lucro cesante o daño emergente, aunque puede haber algunas exclusiones a este principio basadas en negligencia grave o dolo. Por otro lado, en países como Venezuela, las empresas de perforación exigen normalmente la cobertura de ciertos riesgos relacionados con la inestabilidad política e inseguridad jurídica, tales como el riesgo de expropiación del taladro o el riesgo de terminación anticipada de la licencia o autorización conferida a la empresa operadora. Estos riesgos pueden dar lugar a la contratación de seguros internacionales de riesgo político para cubrir las pérdidas de las empresas de perforación, cuyos costos muchas veces deben ser asumidos por las empresas operadoras.

 

Clases del contrato de perforación y el precio 

En la industria petrolera se conocen tres clases principales de contratos de perforación, a saber: por trabajo diario o tarifa por día, por metraje y llave en mano. De estos tipos, el primero ha sido históricamente el más utilizado a nivel mundial.  

El contrato de perforación «tarifa por día» o por «trabajo diario» (“daily rate contract”) establece que el contratista recibe el pago del precio estipulado por el trabajo realizado bajo la dirección de la empresa operadora durante períodos de veinticuatro horas. En el caso que el taladro de perforación se encuentre en tiempo de espera por razones que no le son imputables, usualmente la empresa operadora deberá pagar una tarifa especial por este tiempo (“stand-by rate”). Durante estos períodos, la empresa operadora no se encuentra contractualmente obligada a pagar algunos de los gastos operativos de la empresa contratista, como el uso de las tuberías de perforación y el combustible para operar el taladro.

El contrato de perforación por “metraje” (“footage contract”) contempla el pago del precio a la empresa contratista en base a pies o metros del pozo perforado desde la superficie hasta la profundidad total o algún otro objetivo fijado en el contrato. Las tarifas por trabajo diario suelen aplicarse aquí cuando se encuentran formaciones geológicas impenetrables o presiones anormales en el yacimiento, o cuando otros problemas provocan retrasos que escapan del control de la empresa contratista. Por tanto, cuando un contrato por metraje requiere tarifas por trabajo diario, los riesgos asociados con la perforación también se asignan como si fuese un contrato por trabajo diario.

El contrato de perforación “llave en mano” (“turnkey contract”) prevé que se pague a la empresa contratista un precio estipulado por perforar un pozo a una profundidad determinada o en una formación geológica específica. En caso de que haya un descubrimiento de petróleo y se declare su comercialidad, el contratista cumple con la completación del pozo y la empresa operadora procede a comenzar la producción. En teoría, el contratista asume mayores riesgos bajo la figura del contrato llave en mano ya que asume mayores obligaciones que en las otras clases de contratos.

Cualquier contrato de perforación puede establecer un esquema de incentivos por encima del precio base pactado, el cual toma en cuenta la consecución de los objetivos propuestos. En estos casos la retribución de la empresa contratista está ligada a factores tales como el tiempo de ejecución, calidad, volúmenes de producción, control de gastos y cumplimiento de metas de perforación. El principio es que los esfuerzos de la empresa contratista por lograr los objetivos sean recompensados con el pago de retribuciones adicionales a lo largo de la duración del contrato.

Los taladros están ininterrumpidamente en funcionamiento durante toda la ejecución del contrato, salvo algún hecho imprevisto. Esto trae importantes consecuencias desde el punto de vista del Derecho Laboral y Sindical para la empresa de perforación y su personal. Los costos laborales asociados a este personal normalmente son reconocidos por la empresa operadora como parte del precio del contrato.

 

La duración del contrato y la movilización y desmovilización de los taladros

El plazo de duración de un contrato de perforación puede estar definido por un período de tiempo o por la perforación de un número determinado de pozos, firmes y opcionales. Las partes deben igualmente acordar las condiciones por los cuales se completará o suspenderá la perforación de un pozo en progreso antes de la terminación del contrato.  La movilización y desmovilización del taladro de perforación es un asunto de la mayor significación, especialmente en las operaciones costa afuera. El contrato de perforación puede iniciarse desde el mismo momento en que comienza la movilización del taladro desde el punto de origen hasta el punto de destino en el que se realizará la perforación (por ejemplo, desde el Golfo de México hasta el Golfo de Paria). Por lo demás, estos equipos pudieren estar sometidos a una amplia demanda en zonas geográficas aledañas y por ello las empresas de perforación tienen que tener claramente establecidos sus cronogramas de trabajo. Dependiendo de los términos contractuales, las tarifas diarias pudieren comenzar a generarse desde la fecha de inicio de la movilización y concluir en la fecha de inicio de la desmovilización. La tarifa de movilización en principio es más baja que la tarifa operativa completa, la cual se empieza a generar una vez que el taladro se encuentra posicionado en el punto de destino de la perforación.  

 

Acuerdos de colaboración y los contratos de perforación

Los acuerdos de colaboración para compartir un taladro de perforación se fundamentan en la idea de sinergia y reducción de costos. En estos casos varias empresas operadoras deciden colaborar entre ellas para asegurar un compromiso a largo plazo de la empresa de perforación que les permita compartir el taladro durante un período de tiempo específico, o bien por una cantidad determinada de pozos. Para ello es necesario celebrar un acuerdo de cesión y reparto (“assignment and sharing agreement”) conjuntamente con el contrato de perforación. Un acuerdo de este tipo suele ser atractivo para la empresa de perforación, la cual puede ofrecer tarifas más bajas a las empresas operadoras con ahorros adicionales en movilización y desmovilización del taladro.  Planteémonos una situación hipotética de un acuerdo de colaboración entre tres empresas operadoras costa afuera en un proyecto de exploración petrolera en la Plataforma Deltana. Cada una tiene previsto perforar un máximo de dos pozos de exploración. En este ejemplo, el taladro puede ser contratado por las tres empresas bajo un acuerdo de cesión y reparto, conforme al cual el contrato de perforación será cedido de la primera a la segunda y de la segunda a la tercera para la perforación de los seis pozos. De esta forma, las tres empresas compartirán los gastos de movilización y desmovilización del taladro, al igual que el resto de los gastos de las operaciones. Esta cesión del contrato por lo general se traduce en una novación del contrato (la transferencia de los derechos y obligaciones de una empresa operadora a otra empresa operadora).  En razón de que los acuerdos de cesión y reparto con frecuencia prevén la reasignación del taladro de perforación, los mismos deben definir con exactitud cuándo ocurrirán la cesión y la reasignación, las obligaciones de las empresas operadoras entre sí y con la empresa de perforación, el suministro de materiales, así como las contrataciones de los seguros, entre otros puntos.

 

Conclusiones

Las actividades de exploración y explotación de petróleo requieren la celebración de contratos de perforación entre las empresas operadoras con empresas de perforación especializadas. El contrato de perforación es un contrato complejo de servicios petroleros cuyas características lo subsumen dentro del llamado contrato de obras. Conforme al mismo se prestan servicios de perforación bajo la dirección de la empresa operadora, se construyen pozos y se arrienda un taladro y equipos auxiliares. En Venezuela dichos contratos están implícitamente autorizados por la Ley Orgánica de Hidrocarburos. Como todo contrato de naturaleza mercantil está sujeto a la negociación entre las partes y con las particularidades que le son propias. Además, existen modelos estándares que han sido redactados por asociaciones internacionales de prestigio tales como la IADC y la AIPN.

Tan importante es la perforación en la industria petrolera que los costos de contratación de los taladros se encuentran directamente asociados a los precios internacionales del petróleo, ya que a mayor demanda de petróleo por parte de los consumidores, mayor será la actividad de perforación para satisfacerla, siendo que la oferta de taladros a nivel mundial es limitada. Incluso, a través del número de taladros que operan en un país o región se puede tener una noción bastante precisa en cuanto a cuál es verdaderamente su actividad de exploración y explotación. Por muchos años esta información ha sido suministrada por la empresa de servicios petroleros Baker Hughes, a través de su reporte “Rig Count Overview & Summary Count”.

Los precios de contratación de las empresas de perforación son bastante uniformes en todos los países debido a que la industria de los hidrocarburos es de carácter global, aunque en los países considerados de alto riesgo político la contratación puede encarecerse por la necesidad de tener seguros contra expropiación. Venezuela tuvo una experiencia bastante negativa hace más de una década por la ola de expropiaciones e incautaciones que tuvieron lugar y que elevaron el riesgo político y los precios de contratación de taladros y otros equipos, lo cual hizo mucho más difícil la ejecución de los proyectos.

Realmente esperamos que el país entre pronta y definitivamente en una nueva etapa de crecimiento económico sostenible con el apoyo de su industria de hidrocarburos. Para ello es fundamental un nuevo marco regulatorio que facilite la entrada de nuevas inversiones privadas con empresas de energía y empresas de servicios.

 

 

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